2. La inmunidad prevista en el precedente apartado cesará cuando el testigo o Perito permaneciere más de cuarenta y cinco días en el territorio de la Parte requirente después del momento en que su presencia ya no fuere exigida por las autoridades judiciales de dicha Parte. Kirchner y el https://paisessinextradicioncones12632.alltdesign.com/helping-the-others-realize-the-advantages-of-extradición-méxico-españa-48452569