Se considera accidente laboral aquel que se produzca por la realización de actividades deportivas, recreativas o culturales, sin importar si se actúa por orden del empleador o por cuenta propia. Todavía, aquellos accidentes “in itinere”, es sostener, aquellos sufridos por el trabajador al ir y volver de éste. Sin embargo, https://israelsagjo.myparisblog.com/39756742/accidente-de-trabajo-definición-legal-opciones